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Reducción de aforos, cierres a la 1, no a las barras, 10 personas máximo…

Chica con mascarilla, durante la pandemia del covid
Entran en vigor en Euskadi las nuevas medidas ante la “sexta ola”, que estarán vigentes durante un mes, hasta el 28 de enero

Desde este miércoles, 29 de diciembre, y hasta el 28 de enero, entran en vigor nuevas medidas restrictivas en Euskadi con el fin de «contener la sexta ola de la pandemia», impulsada por la alta incidencia de la variante ómicron. Así lo anunciaba ayer el Lehendakari, Iñigo Urkullu, tras la reunión del LABI en Vitoria-Gasteiz.

Entre lo más destacado, la reducción de aforos en eventos sociales, culturales o deportivos, la limitación del ocio nocturno hasta las 01.00 horas, la prohibición del consumo de pie en hostelería, las reuniones de grupos de 10 personas como máximo…

Además, sin entrar dentro de la lista de medidas decretadas por el Gobierno Vasco pero a modo de «recomendación» para NocheviejaAño Nuevo y Reyes, Lakua también indica que los encuentros familiares para las comidas y cenas típicas de esas fechas se desarrollen «sin superar el número de diez personas» y reuniendo a un «máximo de dos unidades familiares».

Además, se mantiene la obligatoriedad del uso de la mascarilla en exteriores (recuperada a nivel estatal el pasado 24 de diciembre) y la exigencia del «pasaporte covid» en conciertos y espectáculos, en locales de ocio y en restaurantes (de más de 50 comensales), vigente desde el pasado día 4.

RESTRICCIONES EN EUSKADI (29 DICIEMBRE 2021 – 28 ENERO 2022)

HORARIOS

  • Las actividades comerciales, sociales y culturales deberán cesar a la 1 de la madrugada.
  • En Año nuevo y Reyes (1 y 6 de enero), la hostelería y los comercios no podrán abrir antes de las 8 de la mañana.

AFOROS

  • Tope de 600 personas en interiores y 800 personas en exteriores.
  • En recintos con capacidad entre 1.600 y 5.000 personas, tope de 800 personas en interiores y de 1.200 en exteriores.
  • En recintos con capacidad superior a 5.000 personas, el aforo se reducirá al 50%.

HOSTELERÍA (bares, restaurantes, lonjas, txokos y sociedades gastronómicas)

  • Prohibido el consumo de pie.
  • Grupos de 10 personas como máximo.
  • Distancia mínima entre mesas o grupos de mesas de 1,5 metros.

GIMNASIOS

  • Grupos de máximo 10 personas.
  • Vestuarios al 50% de su capacidad.


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